MATERNIDAD SUBROGADA EN CHILE
El procedimiento de maternidad subrogada o gestación subrogada, llamado también “vientre de alquiler” no se encuentra legislado en Chile.
En Chile, no existe actualmente una ley que regule los procedimientos de reproducción humana asistida y, por ende, tampoco una que regule los acuerdos de maternidad subrogada y sus efectos jurídicos.
El tema de reproducción humana asistida se planteó por primera vez en la legislación chilena, en el contexto de la discusión de la Ley N° 19.585, de 1998, que modificó el Código Civil y otros cuerpos legales en
materia de filiación, y que derivó en la introducción de un nuevo artículo 182 del Código Civil (CC), cuyo objetivo fue regular la filiación del hijo concebido mediante técnicas de reproducción asistida.
En el mismo se establece que:
“Art. 182. El padre y la madre del hijo concebido mediante la aplicación de técnicas de reproducción
humana asistida son el hombre y la mujer que se sometieron a ellas.
No podrá impugnarse la filiación determinada de acuerdo a la regla precedente, ni reclamarse una
distinta”
De este artículo y la historia de su introducción en la legislación de familia en Chile, se pueden desprender las siguientes ideas:
VACIO LEGAL
Hasta el momento no existe Chile legislación alguna que regule o defina normas para la maternidad subrogada en Chile.
Es decir, existe un vacío legal que impide la práctica de la maternidad subrogada dentro de Chile, pero no impide que los ciudadanos y ciudadanas chilenos opten por alternativas similares en otros países donde el vientre de alquiler si es legal y está amparado por leyes locales.
En Chile, no es posible realizar un tratamiento de maternidad subrogada dentro del territorio chileno, debido a que la ley considera madre a la mujer gestante. Es decir, sigue el principio de «madre es quien dá a luz».
DISTINTAS OPCIONES LEGALES PARA RECURRIR A LA GESTACIÓN SUBROGADA EN CHILE.
Las personas y parejas chilenas que deseen tener hijos mediante la maternidad subrogada, deberán realizar este tratamiento en otros países donde sí esta regulada y amparada legalmente.
En los países donde esta regulada la maternidad subrogada, el bebé gestado y nacido mediante gestación subrogada será inscripto como hijo legal de los padres chilenos.
Y luego al regresar a Chile con su hijo o hija, deberán realizar un trámite de inscripción y reconocimiento de nacimiento de su hijo en un país extranjero, a fin de inscribirlo en el Registro Civil de Chile, y otorgarle al bebé la ciudadanía chilena.
Dependerá de la conformación de cada familia, la distinta estrategia legal a adoptar en Chile, y siempre sugerimos contar con el asesoramiento de un abogado especialista en el tema.
PAÍSES DONDE PUEDEN RECURRIR LAS FAMILIAS DE CHILE.
Existen varios países donde los chilenos y chilenas pueden realizar un proceso de maternidad subrogada.
En otro artículo desarrollaremos con detalle cada uno, pero podemos resumirlos en:
a) ESTADOS UNIDOS: permitido para todo tipo de familias.
b) ARGENTINA: permitido para todo tipo de familias.
c) CANADÁ: permitido para todo tipo de familias.
d) UCRANIA: permitido sólo para parejas heterosexuales unidas en matrimonio. (Actualmente impedido por la guerra)
e) GEORGIA: permitido para parejas heterosexuales solamente.
f) GRECIA: permitido para parejas heterosexuales y mujeres solteras.
No incluímos a Colombia en la lista, ya que en Colombia la mujer gestante es considerada madre legal del bebé, y se debe realizar un proceso judicial posterior donde renuncia a la maternidad y derechos sobre el bebé, lo cual es realmente arriesgado y peligroso a nuestro entender. Lo mismo sucede con Perú, y otros países de América Latina.
Si desea más información sobre maternidad subrogada en Chile o en otro país, puede escribirnos al email de contacto.
Espero que les haya sido de interés el artículo!!
Saludos a todxs!!
Dr. Juan Pablo Rojas Pascual
Abogado – Maternidad Subrogada
info@maternidadsubrogada.cl